ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO
El procedimiento consiste en lo siguiente:
Etapa de Investigación Inicial
O todo inicia con la presentación de tu denuncia (o querella) de forma oral o escrita, ante un/a fiscal o agente del Ministerio Público. La denuncia es indispensable, para hacerla deberás identificarte con tus datos generales; narrar con detalle los hechos, indicando quién o quiénes cometieron el delito (si lo sabes); cuándo tuvo lugar; y dónde ocurrieron los hechos. Una vez hecha la denuncia deberás firmarla y, si así te lo solicitan, tendrás que regresar a “ratificarla”. o La autoridad competente (es decir, aquella autorizada para investigar) iniciará una carpeta de investigación, que es como llama al expediente en el que se van reuniendo todos los datos y medios de prueba, empezando por tu denuncia y los que hayas pedido aportar al momento de hacerla. o El AMP analiza los datos de la carpeta y a partir de ellos determinará si hay elementos para decir que los hechos constituyen, o no, un delito; si este no ha prescrito (es decir, que haya pasado tanto tiempo desde que fue cometido que ya no sea legal investigarlo) y si hay elementos para considerar que la persona imputada (es decir, señalada como posible responsable) lo haya cometido. o Si la/el fiscal o agente del MP, determina como negativas cualquiera de estas tres circunstancias y por tanto optar por no investigar, deberá notificarte su decisión, y tú cuentas con 10 días para impugnarla.
Etapa de investigación complementaria
O si, por el contrario, la/el fiscal o agente MP determina que a partir de los primeros elementos con que cuenta cabe la posibilidad de que se cometió un delito y que es posible señalar a una persona en particular como posible responsable del hecho, entonces solicitará a un/a Juez de Control que ordene un citatorio, o la aprehensión, para que la persona imputada se presente a una audiencia inicial, que deberá llevarse a cabo 15 días después del citatorio. o En esta audiencia la/el juez se asegura que la persona imputada sabe sus derechos; al/el fiscal o MP realiza la imputación, es decir, le comunica a la persona imputada cuáles son los hechos que se le atribuyen, el delito, y las los datos de prueba en los que se basa la acusación preliminar; la persona imputada puede hacer su primera declaración y la/el juez determina o no el inicio de un proceso a través de un Auto de Vinculación a Proceso, con base en ciertos requisitos constitucionales y legales. o En caso de que el/ella determine que debe iniciar el proceso, se señala cuánto tiempo más otorgará a la/el fiscal o agente del MP para seguir investigando, por ejemplo, en los casos de hostigamiento sexual no pueden ser más de 2 meses, en los cuales debe reunir todas las pruebas necesarias, en delitos como abuso sexual o violación pudieran ser hasta de seis meses. o Es muy probable que, en estas etapas de investigación inicial o complementaria, el fiscal o agente del MP te pidan colaborar para hacerte diversos estudios para poderlos presentar como prueba, para este tipo de delitos, generalmente son pruebas psicológicas y de trabajo social para cuantificar la reparación del daño
¿Cómo es la etapa del Juicio Oral?
a) Es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso. Se realiza sobre la base de la acusación en el que se deberá asegurar la efectiva vigencia de los principios de inmediación, publicidad, concentración, igualdad, celeridad y continuidad.
El Juicio comprende desde que se recibe el auto de apertura a juicio hasta la sentencia emitida por el Tribunal de Juicio Oral.
En esta etapa:
El Juez de Juicio Oral escuchará a la Defensa y al Ministerio Público,
Se desahogan las pruebas,
Se emiten los alegatos de clausura o finales por las partes,
Finalmente se delibera, se emite el fallo y se dicta una sentencia en la que se explica oralmente si el Imputado es inocente o culpable.
b) Ejecución de sanción
En caso de sentencia condenatoria, el Tribunal de Enjuiciamiento enviara copia de la sentencia que haya quedado firme al Juez de Ejecución correspondiente y a las autoridades penitenciarias que intervienen en el procedimiento de ejecución para su debido cumplimiento.
La fase de ejecución del proceso penal Una vez que la sentencia es firme, es decir, que no puede ser recurrida por ninguna de las partes, se abre la última fase del proceso penal, o fase de ejecución. - La ejecución: cumplimiento de las penas decretadas por el juez
video de apoyo
https://www.gob.mx/fgr/es/articulos/cuales-son-las-etapas-del-proceso...

Me pareció un gran trabajo completo en su información.
ResponderBorrarTu trabajo es muy completo ya que nos dice las etapas del procedimiento Penal⚖ acusatorio.
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